Artículo 11El Organismo Ejecutivo, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública como mínimo la siguiente: /ARTICULO 11/11.2 listado de asesores, con sus respectivas remuneraciones/3. 2022/1. ENEROListados-Mes-ENERO-2022-UAIP-Art.-11-no.-2-1.pdfListados-Mes-ENERO-2022-UAIP-Art.-11-no.-2.xlsx