Artículo 11El Organismo Ejecutivo, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública como mínimo la siguiente: /ARTICULO 11/11.1 El ejercicio de su presupuesto asignado por ministerio, viceministerio/3. 2022/5. MAYO04-Analitico-2-Mayo-2022-Arto.-11-Inciso-1-Mayo-1.pdf04-Analitico-2-Mayo-2022-Arto.-11-Inciso-1-Mayo-1.xls