Artículo 11El Organismo Ejecutivo, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública como mínimo la siguiente: /ARTICULO 11/11.1 El ejercicio de su presupuesto asignado por ministerio, viceministerio/1. 2024/4. ABRIL04 – (LAIP Arto. 11 -numeral 1) Analítico 2 – Abril 2024.pdf04 – (LAIP Arto. 11 -numeral 1) Analítico 2 – Abril 2024.xls